COMPATIBILIDAD CON ACTIVIDAD PRINCIPAL PRIVADA (PROFESORES ASOCIADOS)
DESCRIPCIÓN
Debe solicitar la compatibilidad el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que ejerza cualesquiera actividades privadas (ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena).
El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades se considera falta muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95.2.n) de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Si se trata simplemente de incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades la falta se considerará grave, siempre que no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad, según lo establecido en el artículo 7.1 k) del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero.
NORMATIVA:
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre (BOE 04/01/1985), de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
- Real Decreto 598/1985, de 30 de abril (BOE 04/05/1985) sobre incompatibilidades del personal al servicio de la administración del estado, de la seguridad social y de los entes, organismos y empresas dependientes.
- Resolución de 20 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2011, por el que se aprueba el procedimiento para la reducción, a petición propia, del complemento específico de los funcionarios de la Administración General del Estado pertenecientes a los Subgrupos C1, C2 y E y se autoriza la superación, para el personal al servicio de la Administración General del Estado, del límite previsto en el artículo 7.1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
ÓRGANO/UNIDAD COMPETENTE
Vicerrector de Profesorado por delegación del Rector (Resol.17/10/2016- B.O.C.M. 02/01/2017)
ÓRGANO/UNIDAD RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN
Recursos Humanos y Organización
ÓRGANO DE RESOLUCIÓN
Recursos Humanos y Organización / Vicerrector de Profesorado
REQUISITOS PARA LA TRAMITACIÓN
- Datos identificativos del interesado.
- El interesado ha de tener vinculación laboral registrada en los Sistemas de Información de Personal de la Universidad.
CANAL DE INICIO
- Directamente en la Sede Electrónica con certificado digital o cuenta corporativa de la Universidad Carlos III de Madrid.
INFORMACIÓN SOBRE LA TRAMITACIÓN
Iniciado el procedimiento se cumplimentara la solicitud de autorización de compatibilidad que deberá ir acompañada con alguno de los siguientes documentos:
Si la actividad principal ejercida es por cuenta ajena:
- Certificado de su actividad principal acreditativo de la jornada y horario realizado. En la certificación se hará constar asimismo, si procede, que la empresa está participada por capital de las Administraciones Publicas en proporción superior al 50% (articulo 2.h de la Ley 53/84).
Si la actividad principal ejercida es por cuenta propia (Autónomos):
- Declaración jurada (modelo disponible).
Una vez resuelta la solicitud de compatibilidad, el expediente quedará cerrado, y el interesado recibirá una notificación con la resolución del mismo. Posteriormente podrá acceder a dicha resolución a través de la Sede Electrónica/Mi carpeta.