PERMISOS Y LICENCIAS

DESCRIPCIÓ​N

Mediante este procedimiento se podrán tramitar las siguientes solicitudes para el Personal de Administración y Servicios, que requerirán la siguiente documentación:

Reducción de jornada:
  • Cuidado de menor de 12 años: Justificante de la relación de parentesco y edad del menor
  • Cuidado de mayor con especial dedicación o persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida: Informe médico. Acreditación de las circunstancias familiares que lo hagan preciso. Autorización de datos personales (1).
  • Cuidado de hijo/hija menor de 1 año (Acuerdo condiciones de trabajo -20%jornada sin reducción retribuciones): Declaración de la que resulte que solo uno de los progenitores disfruta el permiso de reducción
  • Cuidado de familiar de primer grado por enfermedad muy grave: Informe médico. Acreditación de las circunstancias familiares que lo hagan preciso. Autorización de datos personales (1).
  • Otros: Documentación acreditativa de la causa objeto de la solicitud

Si la reducción de jornada afecta a la realización del horario de tardes/mañanas el complemento de productividad, en personal funcionario y el complemento de jornada de mañana/tarde, en personal laboral, se dejará de percibir. Excepto para la reducción para el cuidado de hijo menor de 1 año (Acuerdo de condiciones de Trabajo -20% de la jornada) y para la reducción por cuidado de familiar de primer grado por enfermedad grave, ambas sin reducción de retribuciones.

Excedencia:
  • Por cuidado de un hijo menor de 3 años: Justificante de la relación de parentesco y edad del menor
  • Por cuidado de un familiar: Deberá adjuntar documento acreditativo de la situación de necesidad del cuidado. Autorización de datos personales (1).
  • Interés particular (no inferior a dos años): Deberá adjuntar a la solicitud la conformidad del responsable del Servicio al que pertenezca.
(1) Autorización de datos personales: En aplicación de la Ley de Protección de Datos a esta solicitud habrá de adjuntarse además el modelo de autorización de datos personales. Modelo

Licencia:
  • Licencia Por asuntos propios:
    • Personal Funcionario: De 1 día a 3 meses cada dos años.
    • Personal Laboral: De 15 días a 3 meses cada año
  • Licencia por estudios (hasta un año)
Permiso por lactancia. (Supuestos contemplados):
  • Acumulación en jornadas completas (1)
  • Reducción de una hora diaria al final de la jornada
  • Reducción de una hora diaria al comienzo de la jornada
  • Reducción de media hora diaria al comienzo y final de la jornada
(1) Este permiso consistirá en el disfrute de 26 jornadas de trabajo, o la parte proporcional correspondiente, desde la solicitud del permiso hasta que el lactante alcanza los 12 meses de edad, límite máximo para poder disfrutar de dicho permiso. Se disfrutarán a la finalización del permiso de nacimiento, adopción o acogimiento.
En el caso de solicitar excedencia para cuidado de hijos, dentro de los 12 meses  iguientes al nacimiento, este permiso se verá disminuido proporcionalmente procediendo a descontar en la primera nómina posible los días de lactancia acumulada disfrutados, pero no devengados.
Los supuestos contemplados se incrementarán en los casos de parto múltiple.

 

INICIO

  • En Sede electrónica por el propio interesado (a instancia de parte).

TRAMITACIÓN

  • Unidad responsable de la tramitación: Servicio de Recursos Humanos y Organización.
  • Recepción de la solicitud y emisión de la resolución correspondiente.

RESOLUCIÓN

  • Órgano de resolución: Dirección de Recursos Humanos y Organización por delegación de la Gerencia.
  • Notificación y acceso a la resolución a través de "Mi Carpeta".

RECURSOS

  • Recurso Potestativo de Reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3ª del Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • En cualquier caso, procedería recurso tal y como se haría indicar en la Resolución.

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